Con la entrada en vigor de la nueva ley de notificaci贸n electr贸nica judicial el 20 de marzo, el sistema judicial da un paso adelante hacia la digitalizaci贸n y la eficiencia en los procesos legales. Esta medida revolucionaria promete agilizar las comunicaciones judiciales, garantizando una mayor transparencia y rapidez en el manejo de los procedimientos. Pero 隆ojo! tambi茅n exige a esas mismas empresas y profesionales estar actualizados en el 谩mbito digital. Oblig谩ndolos a actualizar su sistema de notificaci贸n electr贸nica judicial a partir del pasado 20 de marzo. Si no lo hacen pueden encontrarse con sentencias firmes en su contra, embargos, etc, sin posibilidad de defenderse.

En este art铆culo, exploramos los aspectos clave de esta legislaci贸n y c贸mo afectar谩 tanto a los profesionales, como a las empresas, marcando un hito importante en la modernizaci贸n de la justicia.

Modificaci贸n de la ley

Como os coment谩bamos m谩s arriba efectivamente, la primera comunicaci贸n ya no se realiza f铆sicamente por el personal del juzgado, sino telem谩ticamente a trav茅s de los portales habilitados para la comunicaci贸n electr贸nica con la Administraci贸n.

Art铆culo 155 | Ley de enjuiciamiento civil

El nuevo art铆culo 155 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone lo siguiente:

nueva ley 155 notificaci贸n electronica judicial

Art铆culo 14. | Derecho y obligaci贸n de relacionarse electr贸nicamente con las Administraciones P煤blicas

En cuanto a los sujetos obligados a relacionarse electr贸nicamente con la Administraci贸n, ser谩n las dispuestas en el art铆culo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas. Dicho art铆culo establece lo siguiente:

art-14-sujetosobligadosarelacionarseelectronicamenteconlaadministarci贸n

En resumen:

  • La primera notificaci贸n judicial se realizar谩 con quien est茅 obligado a relacionarse electr贸nicamente con las Administraciones P煤blicas a trav茅s de notificaci贸n electr贸nica dirigida a las plataformas habilitadas a tal efecto.
  • Si tras tres d铆as desde la recepci贸n en dichas plataformas, la parte no ha accedido a la notificaci贸n, la misma se publicar谩 en el Tabl贸n Edictal 脷nico en el Bolet铆n Oficial del Estado (BOE). Desde ese momento, comenzar谩n a contar los plazos procesales, teni茅ndose la notificaci贸n por realizada a todos los efectos.

Consejos para el control de las notificaciones judiciales

A fin de evitar problemas en relaci贸n a las notificaciones judiciales y efectos indeseados por las comunicaciones a trav茅s de edictos, desde LLORCA ABOGADOS les facilitamos una serie de consejos para tener el m谩ximo control sobre estas notificaciones.

1. Activaci贸n del sistema de alertas por notificaci贸n en la direcci贸n electr贸nica habilitada 煤nica (DEH脷)

La plataforma de la Direcci贸n Electr贸nica Habilitada 脷nica (DEHU) es ya la plataforma predeterminada para la comunicaci贸n con la Administraci贸n de los sujetos mencionados en el art铆culo 14.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas. Como tal, los sujetos obligados a la comunicaci贸n electr贸nica con la Administraci贸n, podr谩n recibir a trav茅s de la misma las correspondientes notificaciones judiciales.

A la vista del corto plazo de tres d铆as para el acceso a la mismas, so riesgo de que se publiquen edictalmente, recomendamos encarecidamente el alta en el sistema de alertas de dicha plataforma, a fin de que reciban aviso por correo electr贸nico la existencia de notificaciones pendientes.

Es importante recalcar que el aviso realizado por correo electr贸nico tiene 煤nicamente efectos informativos, por lo que ni los plazos para acceder a la notificaci贸n en la plataforma, ni los efectos derivados del no acceso, variar谩n.

Puede acceder al DEHU, con certificado digital, desde el siguiente enlace:

https://dehu.redsara.es/

iniciodeh煤

  • Darse de alta en el sistema de alertas

darse-alta-sistema-alertas-dehu

Para ello, tendr谩n que designar una direcci贸n de correo electr贸nico que se verificar谩 despu茅s, en la que recibir谩n los correspondientes avisos de la entrada de nuevas notificaciones electr贸nicas.

2. Activaci贸n del sistema de alertas en al sede judicial electr贸nica

El Ministerio de Justicia ha habilitado un portal espec铆fico para la Administraci贸n Judicial Electr贸nica. Por id茅nticos motivos que en el caso anterior, es aconsejable darse de alta en el sistema de alertas para notificaciones.

Puede accederse a dicha plataforma, con certificado digital, a trav茅s del siguiente enlace:

https://sedejudicial.justicia.es/-/consulta-de-actos-de-comunicacion

alerta-sede-judicial

 

–> Una vez en su interior, puede darse de alta en el sistema de notificaciones de la siguiente forma:

alerta-judicial

Como se puede comprobar, rellenando un sencillo formulario con datos b谩sicos y designando un n煤mero de tel茅fono y correo electr贸nico, se podr谩 recibir avisos de notificaci贸n a trav茅s de SMS o e-mail.

Nuevamente, como en el caso anterior, los sms o e-mails recibidos en aviso de recepci贸n de notificaciones judiciales, no tendr谩 el valor de notificaci贸n sino 煤nicamente efectos informativos.

3. Alta en el sistema de alertas del Tabl贸n Edictal Judicial 脷nico (TEJU) del Bolet铆n Oficial del Estado (BOE).

Finalmente, para el caso en que no se pueda acceder a la notificaci贸n recibida en el plazo de tres d铆as que establece el nuevo art铆culo 155 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la notificaci贸n acabe surtiendo efecto por su publicaci贸n en el TEJU, es m谩s que recomendable darse de alta, con certificado digital, en el sistema de alertas del mismo, a efectos de que en el momento en que se publique alg煤n edicto en el que figuren sus datos, sea avisado y pueda conocer la notificaci贸n a trav茅s del portal digital del BOE.

Pueden darse de alta en dicho servicio a trav茅s del siguiente enlace:

https://www.boe.es/edictos_judiciales/

alerta-tablon

boe-alertas

 

Nuevamente, accediendo con certificado digital, podr谩n darse de alta en el sistema de alertas para ser avisados en caso de que se produzca alguna notificaci贸n a trav茅s de edictos por no haber podido acceder a la notificaci贸n electr贸nica en el plazo de 3 d铆as establecido por la norma.

Siguiendo estos consejos, estar谩n perfectamente adaptados a la nueva realidad de las notificaciones judiciales electr贸nicas que entra en vigor el pr贸ximo d铆a 20 de marzo.

Igualmente, en LLORCA ABOGADOS estamos a su entera disposici贸n para resolver cualquier duda que tengan respecto a esta nueva regulaci贸n legal.